
Esta vez ha sido el Juzgado Mercantil nº 2 de Murcia el que ha condenado al Banco Popular a abonar la totalidad de la cantidad correspondiente a la cláusula suelo por "enmascarar" dicha tasa y por "falta de buena fe" por parte de la entidad.
Según la propia sentencia en la que se anula la cláusula suelo, el juez dictamina que hay "una falta de información clara en el contrato".
Hace unos días era una jueza de Zaragoza la que obligaba a Banco Ceiss a devolver todo lo cobrado de más por una cláusula suelo a un cliente, y no sólo desde el 9 de mayo de 2013 como establece la doctrina del Supremo. La magistrada establecía que el derecho de la Unión Europea "tenía primacía" sobre la jurisprudencia nacional y, por tanto, sobre la propia sentencia del Tribunal Supremo que eximió a la banca de restituir cantidades anteriores al 9 de mayo de 2013.
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