El TJUE rechaza la doctrina del Supremo sobre la retroactividad de la Cláusula Suelo - DenunciasColectivas

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miércoles, 21 de diciembre de 2016

El TJUE rechaza la doctrina del Supremo sobre la retroactividad de la Cláusula Suelo

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Gran éxito de los letrados que presentaron la cuestión prejudicial que ha desembocado en la sentencia del TJUE.

El despacho de abogados Sarabia y Asociados, que forma parte de la plataforma Denunciascolectivas.com/.org fue uno de los ocho despachos que han provocado esta aclaración que devuelve el sentido común y la seguridad jurídica al sector jurídico español.

El TJUE ha decidido que los afectados de Cláusula Suelo puedan recuperar la retroactividad completa, cuando el afectado de dicha cláusula abusiva consiga su sentencia de nulidad por falta de transparencia en su comercialización, su banco estará obligado a devolverle las cantidades que le ha cobrado de más desde la firma del préstamo hipotecario a lo que hay que sumarle los intereses de dichas cantidades y el recálculo del cuadro de amortización.

En la sentencia del TJUE lo que se observa es que todo parece haber sido una maniobra de dilación del problema en la que han colaborado las principales instituciones jurídicas del Estado a la que se ha sumado el abogado Mengozzi. Se ha ganado tiempo, y seguramente los casos juzgados en los que se ha aplicado el criterio del Supremo se tomarán como cosa juzgada y no se podrá reclamar por ellos. Lo que es significativo es que esto se haya producido a favor de una de las partes y en contra del interés general de los consumidores. Afortunadamente, esta aclaración del TJUE devuelve la Seguridad Jurídica a su legítima definición, frente a la empleada por el Tribunal Supremo. 

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Lo realmente importante de esta sentencia del TJUE es que no deja lugar a dudas y evita contagiar al resto de Europa de esta falta de seguridad jurídica que impuso el Supremo con su sentencia y posterior doctrina sobre las cláusulas suelo que convertía en papel mojado el artículo 1.303 del Código Civil que establece que “lo que es nulo no produce efectos”, un principio jurídico universalmente aceptado en el ámbito jurídico europeo.

 El Tribunal Supremo, ha recibido un tirón de orejas significativo, puesto que fue el pleno de la sala de lo civil quien convirtió en doctrina esta forma interesada de aplicar la ley y que fue discutida por dos de sus ponentes que evidenciaron con unas alegaciones muy bien fundamentadas lo disparatado del establecimiento de dicha doctrina.

En cualquier caso e independientemente de la decisión favorable del TJUE de poder recuperar la retroactividad completa la única manera que tienen los afectados de recuperar las cantidades cobradas de más es iniciando el proceso de reclamación judicial, “Cuanto antes se reclame antes se termina con el problema, en Denuncias Colectivas sabemos que es una reclamación razonablemente segura si se va con los letrados especializados en este tipo de reclamaciones, es decir si no se juega con letrados sin experiencia en la materia, por lo que cuanto antes se inicie la reclamación antes se acabará con el problema”.

Denunciascolectivas.com/.org ha sido pionera en conseguir aplicar este criterio del TJUE, a través de sus letrados de Tenerife, que ya consiguieron que en sentencia de la Audiencia Provincial de Tenerife se obligara al BBVA a devolverle a un cliente las cantidades cobradas de más por la aplicación de la Claúsula Suelo desde el inicio de de la hipoteca hasta el 9 de mayo de 2013. Siendo además los juzgados de Instancia de Tenerife, los tribunales que han venido dictando sentencias otorgando la retroactividad total contraviniendo la doctrina del Tribunal Supremo ahora derogada por el TJUE.

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